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LAIP

Ley de Acceso a la Información Pública de Badiraguato

Con la entrada en vigor de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, el H. Ayuntamiento de Badiraguato pone a disposición de la ciudadanía la información mínima de oficio que debe ser difundida de acuerdo al Capítulo Segundo Artículo Noveno de la LAIPES.

Artículo 9. Las entidades públicas están obligadas a difundir de oficio, por lo menos, la información siguiente:

I. Su estructura orgánica, los servicios que presta, las atribuciones por unidad administrativa y la normatividad que las rige.
II. El periódico oficial, decretos administrativos, reglamentos, circulares y demás disposiciones de observación general.

III. El directorio de servidores públicos, desde nivel de jefe de departamento o sus equivalentes.
IV. La remuneración mensual por puesto, incluyendo el sistema de compensación según lo establezca la Ley de Ingresos y Presupuesto de egresos del Estado de Sinaloa para el ejercicio Fiscal correspondiente, o el ordenamiento equivalente.
V. Las opiniones, datos y fundamentos finales contenidos en los expedientes administrativos que justifican el otorgamiento de permisos, concesiones o licencias que la Ley confiere o autoriza a cualquiera de las entidades públicas, así como las contrataciones, licitaciones y los procesos de toda adquisición de bienes o servicios.
VI. Manuales de organización y, en general, la base legal que fundamente la a actuación de la entidad pública.
VII. El resultado de todo tipo de auditorías concluidas hechas al ejercicio presupuestal de cada una de las entidades públicas, así como las minutas de las reuniones oficiales.
VIII. Los destinatarios de todo uso de recursos públicos, cualquiera que sea su destino.
IX. Los informes presentados por los partidos políticos ante la autoridad estatal electoral, tan pronto sean recibidos por la autoridad en cuestión.

X. Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, en su caso, de los servidores encargados de gestionar y resolver las solicitudes de información pública.

XI. Las fórmulas de participación ciudadana, en su caso, para la toma de decisiones por parte de las entidades públicas.
XII. Los servicios y programas de apoyo que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos.
XIII. Los balances generales y su estado financiero.
XIV. Controversias entre los poderes públicos, iniciadas por el Congreso o cualquiera de sus integrantes.
XV. Las cuentas públicas del Estado y de los Municipios.
XVI. Dictámenes sobre iniciativas que se presenten en el Congreso.
XVII. Información anual de actividades.
XVIII. La aplicación del Fondo Auxiliar para la Administración de la Justicia.
XIX. Las convocatorias a concurso o licitación de obras, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, concesiones, permisos y autorizaciones, así como sus Resultados.
XX. Toda otra información que sea de utilidad para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

 



Av. Gabriel Leyva Solano

Badiraguato, Sinaloa, México

 

Tel: 01 (697) 741 0108

 

ayuntamiento@badiraguato.gob.mx

 

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