Capítulo II
De los Ayuntamientos

Artículo 13. El Ayuntamiento, como órgano de gobierno del municipio, se integra por un Presidente Municipal, un Síndico Procurador y el número de Regidores que establezca la Ley Electoral, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado.

María Antonia Ríos Iribe

Regidora

–Gobernación
-Urbanismo, Ecología y Obras   Públicas
-Trabajo y Previsión Social
-Concertación Política

Tania Enid López Pérez

Regidora

-Educación
-Equidad Género y Familia
-Seguridad Pública y Tránsito
-Protección Civil

Yomara Irazema Tortoledo Beltrán

Regidora

-Agricultura y Ganadería
-Pesca y Acuacultura
-Salubridad y Asistencia
-Desarrollo Social (Bienestar)

Sandra Luz Olivas Muñoz

Regidora

-Acción Social y Cultura
-Derechos Humanos y Grupos   Vulnerables
-Participación Ciudadana

Marcos Antonio López García

Regidor

-Hacienda
-Turismo y Comercio
-Juventud y Deporte

Jimena Rochín Soto

Regidora

-Industria y Artesanías
-Rastros, Mercados, y Centrales de   Abasto
-Comunidades y Asuntos   Indígenas